Sobreseimiento por “pena natural”

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Una mujer imputada por un accidente de tránsito en el que murieron un adulto y dos niños, entre ellos su propia hija, fue sobreseída. El juez de la causa consideró que cargar con la culpa de la muerte de su hija es suficiente sanción. 

Por Matías Fidel Cacheiro. 

Martín Miguel Rizzo, titular del Juzgado de Garantías 8 de Cañuelas, decidió sobreseer sin costas a Romina Lorena Oviedo, imputada por un siniestro vial ocurrido en 2018 en la ruta 205 a la altura del barrio El Taladro, en el que fallecieron un adulto y dos niños, uno de ellos su propia hija. 

El juez entendió que la imputada sufrió una “pena natural” debido al sufrimiento y las pérdidas producto del hecho. La “pena natural” es un instituto contemplado en el Código Penal según el cual el Estado se abstiene de continuar con la acción penal cuando la culpabilidad del autor fue compensada por las graves consecuencias del hecho, que tienen para el responsable de lo sucedido los mismos efectos que una pena. De esta manera el magistrado desestimó el pedido de la fiscalía de elevar la causa a juicio e hizo lugar al sobreseimiento solicitado por el abogado defensor, Hugo López Carribero.  

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